lunes, 11 de abril de 2016

ENTIDAD PARAESTATAL

La calidad de paraestatal es dicha de una institución, de un organismo, centro, compañía, empresa, organización, asociación o agencia que coopera a los fines del Estado sin formar parte de la Administración Pública Centralizada. Es decir, sus propósitos y resultados políticos, sociales y económicos emanan de un ente que goza de mayor autonomía que la que tienen los órganos centralizados.

En México la Administración Pública Federal suele dividirse en Administración Pública Centralizada y Administración Pública Paraestatal (nótese que ambas suelen formar parte de la Administración Pública Federal, con lo que el sentido etimológico queda descartado). La diferencia entre ambas, en principio, es el grado de autonomía de los entes que la conforman. Por ejemplo, es común que los órganos de la Administración Pública Centralizada carezcan de personalidad jurídica propia, o de autonomía en la gestión de su presupuesto, mientras que los organismos de la Administración Pública Paraestatal sí cuenten con estos recursos.
Existen varias compañías que reciben la categorización de paraestatales en México, tales como
  • Comisión Federal de Electricidad (dejó de ser Paraestatal en 15 de agosto de 2014)
  • Fondo de Cultura Económica
  • Consejo Nacional para la Cultura y las Artes
  • Liconsa
 

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